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Impuestos Aduaneros en Chile
1. Derechos de Aduana e Impuesto al valor agregado (I.V.A) que afectan a las
mercancías importadas a Chile. Ver simulador de impuestos.
1.1 Derechos de Aduana
Es seis por ciento (6%) del Valor Aduanero de las Mercancías (Valor CIF +/-
Ajustes).
1.2 Derechos Especiales de Aduana
1.2.1 Mercancías usadas.
Se permite el ingreso de mercancías usadas con excepción de los vehículos
motorizados y los neumáticos, pero deben pagar una tasa adicional de 50% sobre los
Derechos de Aduana generales (6%).
(6% x 50% = 3% + 6% = 9%)
Exenciones:
- Bienes de capital con pago diferido.
- Importación de mercancías sin valor comercial hasta US$ 100 CIF
1.2.2 Sobretasas
La entrada de mercancías al país que al importarse dañen seria y actualmente el
crecimiento del país debido a precio concertadamente inferior tendrán una sobretasa por
derechos antidumping y derechos compensatorios de 3%, 5%, 8%, 10%, 12%, 15%, 18%, 20% y
24% ad valorem, según sea el caso.
1.2.3 Tasa Aeronáutica:
Las mercancías que arriben desde el extranjero por vía aérea, como carga, deben
pagar una tasa de 2% de los derechos de aduana que le correspondan. Derogada
2.- IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Las mercancías, antes de ser desaduanadas, además de los derechos de aduana deben
pagar un impuesto al valor agregado (I.V.A.) de 19% sobre una base imponible del valor CIF
o valor aduanero más los derechos de aduana.
2.1 Impuestos Adicionales:
Algunas mercancías, al entrar al país deben pagar, además del Impuesto al Valor
Agregado (I.V.A.) un impuesto adicional. La mayoría de ellos son:
| Mercancía |
Tasa |
| Artículos de Oro, platino y marfil |
15% |
| Joyas, piedras preciosas |
15% |
| Pieles finas |
15% |
| Alfombras finas |
15% |
| Casas-trailer |
15% |
| Caviar |
15% |
| Artículos de uso pirotécnico |
50% |
| Armas de aire o gas comprimido |
15% |
| Licores,Pisco, Whisky |
27% |
| Vinos y otros |
15% |
| Bebidas analcohólicas |
13% |
| Puros |
51% |
| Cigarrillos |
60,7% |
| Tabaco manufacturado |
57,9% |
3.- Desaduanamiento de las mercancías
El desaduanamiento de mercancías comerciales debe ser llevado a cabo por Agentes de
Aduana.
Los particulares están autorizados para desaduanar sus propias mercancías hasta US$
500 valor FOB.
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