farorun.gif (6598 bytes)      Juan León y Cía.Ltda. Agencia de Aduana- Comercio Exterior - CHILE

                              

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. TURISTAS

Los turistas pueden traer consigo algunas mercancías como "efectos personales", sin pagar derechos de aduana e impuestos y sin ninguna otra restricción.

Cada turista puede traer:

  • Artículos de viaje, ropa, artículos eléctricos tales como afeitadoras eléctricas, etc., artículos de uso personal, usados y no para su venta.
  • Objetos usados empleadores exclusivamente por profesionales.
  • Las siguientes cantidades: 400 cigarrillos (2 cartones), 500 grs. de trabajo; 50 puros y 2.500 cc (2,5 litros) de bebidas alcohólicas.

Definiciones

Artículos de viaje: son aquellos tales como bolsos de mano, maletines, maletas, con artículos de uso personal, jabón toallas, pasta de dientes, perfumes, cosméticos, etc., estrictamente necesarios.

Artículos eléctricos de belleza: están incluidas las cortadoras de pelo, secadores de pelo, afeitadoras eléctricas, y otras de igual clase.

Objetos para ser usados exclusivamente por profesionales. Deben ser portátiles (manuales) para ser llevados de uno a otro lado por profesionales (maleta con instrumentos médicos, instrumentos musicales, etc.)

Desaduanamiento de las mercancías
El desaduanamiento de mercancías comerciales debe ser llevado a cabo por Agentes de Aduana.

Los particulares están autorizados para desaduanar sus propias mercancías hasta US$ 500 valor FOB.